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Coronavirus: gran desafío para los sistemas penitenciarios que pueden convertirse en foco de contagio

El abogado esteliano Pablo Molina, máster en justicia penal y sistema penitenciario, hizo un análisis sobre las prisiones en Nicaragua y otros países de la región, donde el hacinamiento carcelario no permite el distanciamiento social, medida fundamental para prevenir el contagio de Covid-19.

Entrada al Sistema Penitenciario de Estelí. Foto: Archivo
Entrada al Sistema Penitenciario de Estelí. Foto: Archivo

Periodista Alba Nubia Lira
16-Junio-2020
Estelí-Nicaragua

"La pandemia del Covid-19 ha resultado ser un enemigo que nos ha obligado a reinventarnos para conocerle mejor y evitar que siga oscureciendo el panorama social, económico y jurídico", así lo considera el abogado esteliano Pablo Molina González, máster en Justicia Penal y Sistema Penitenciario.

El joven especialista realizó un análisis sobre el Sistema Penitenciario de Nicaragua en el contexto del Coronavirus, él relata que en la región latinoamericana, no solo en Nicaragua, "los establecimientos penitenciarios han sido calificados en repetidas ocasiones como bodegas humanas que no prestan las condiciones mínimas para vivir".

Pablo Molina indica que tal situación está siendo un tema de preocupación para las organizaciones que destinan sus recursos para una mejor comprensión del Derecho o la promoción del mismo y varios especialistas coinciden en alertar a los Estados a prestar atención a los centros penitenciarios como foco de contagios, pero también como "una línea frágil que se incrusta entre el Derecho y la ilegitimidad".

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El joven cita que: "uno de los principales problemas que se identifican en este contexto tanto en Nicaragua como en los otros países de la región es el hacinamiento carcelario que no permite el distanciamiento y a la vez es uno de los agentes que propicia el contagio en la población penitenciaria".

Propone medidas

El máster en Justicia Penal y Sistema Penitenciario propone medidas encaminadas a responder ante la necesidad de descongestionar las cárceles para prevenir el contagio. Algunas propuestas plantean la aplicación de principios de oportunidad como mediaciones y las excarcelaciones de internos.

Pablo Molina es máster en Justicia Penal y Sistema Penitenciario.


Como criterios para su aplicación, Molina plantea las siguientes consideraciones:

  • Personas con órdenes de libertad que no están siendo obedecidas por las autoridades penitenciarias;
  • Internos con padecimientos crónicos o graves;
  • Internos en estado de vulnerabilidad;
  • Internos que han cometido delitos cuya prisionización supone consecuencias graves para el autor y que pueden tratarse con alternativas a la ejecución de la pena de prisión;
  • Internos a quienes se les pueda realizar una progresión de régimen para el de convivencia familiar;
  • Personas que están enfrentando el proceso en prisión preventiva y que podrían ser sujetos a medidas cautelares alternas amparado además bajo el principio de presunción de inocencia.

Molina aclara que "tampoco se trata de conceder libertad sin que cumplan los requerimientos aludidos porque de lo contrario estarían exponiéndonos a un problema de seguridad. En cuanto a los internos que no pueden ser sujetos a excarcelación, debe garantizárseles un trato que respete los derechos fundamentales y las garantías constitucionales como personas y como internos o procesados". 

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Preocupa visitas y comunicaciones

El análisis realizado por el abogado Pablo Molina contempla varios aspectos más como: las deficiencias del sistema progresivo en Nicaragua, las infraestructuras de las prisiones, carencia de especialistas, equipos y herramientas médicas, además de las condiciones precarias, falta de información y necesidad de capacitación para los operadores del sistema judicial y penitenciario.

Sin embargo, algo que preocupa a los especialistas en el tema de las visitas y comunicaciones. "La restricción de las visitas es una medida que se ha tomado también en los establecimientos penitenciarios de otros países y esa medida, de por sí, implica una coerción de garantías constitucionales que de forma no menos discutible se ampara en la excepción que supone la pandemia, pero que se basa en situaciones extra jurídicas, dado que en Nicaragua los internos tienen derecho a recibir visitas aunque se encuentren en contingente de seguridad o de máxima seguridad", explica el abogado.

"En Nicaragua suspender las visitas debido a la pandemia, supone dos situaciones: primero que debido a la falta de condiciones en la prisión, los familiares proveen a los internos alimentos, artículos de higiene personal y de primera necesidad; y segundo que de forma transversal se atenta contra los derechos constitucionales a la defensa y el debido proceso, lo que se describe entre las garantías mínimas del artículo 34 de la Constitución política (Cn) y los instrumentos internacionales", expone Molina.

"En Nicaragua, al no conocerse datos oficiales pero partiendo de las condiciones precarias en que ‘viven’ los internos, hace suponer en gran manera que la medida (de suspender visitas) es, además de antijurídica, infructífera", señala el analista. 

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Recomendaciones a tomar en cuenta

En base al análisis, el máster Pablo Molina hace las siguientes recomendaciones:

  • Plantear una revisión adecuada a la reacción punitiva del Estado para tratar de reducirla, así como también determinar canales que puedan ofrecer vías alternas de excepción para enfrentar los desafíos a corto y largo plazo.
  • Revisar la eficacia del sistema progresivo en Nicaragua y abrirnos a un sistema moderno que atienda circunstancias particulares de la situación. Para ello es necesario también apropiarnos de aspectos culturales y sociales que le puedan hacer sostenible a largo plazo.
  • Recurrir a medios tecnológicos para facilitar en la medida de lo posible el ejercicio de los derechos de los internos.
  • En cuanto la información, es indiscutible la necesidad de acceder a ella para lograr las demás recomendaciones, por ende se deben publicar de forma periódica los datos de interés social. 
  • Los operadores del sistema judicial, incluidos los del sistema penitenciario, deben capacitarse y saber adaptarse a los lineamientos que la realidad social nos vaya dictando.
  • Es apodícticamente necesario mejorar las condiciones del sistema de salud e invertir en infraestructura penitenciaria que permita atender de mejor manera emergencias como la actual.

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