La presencia de animales en la vía, la mayoría de ellos abandonados por sus dueños cuando ya dieron su vida útil, continúa representando un serio peligro para las personas que se movilizan en cualquier medio de transporte.
A tempranas horas de ayer domingo, un microbús con placa de Madriz impactó contra un caballo que se atravesó en la vía y que al parecer el conductor no pudo ver a tiempo para esquivarlo, debido a la presencia de neblina y porque todavía no había amanecido.
El hecho se registró en el trayecto de la carretera panamericana ubicado cerca de la base militar El Quiabú, en la ciudad de Estelí.
El caballo producto del impacto quedó tendido sobre la vía. Mientras tanto, que el conductor del microbús continúo con el recorrido y fue a detener la marcha unos cuantos metros más adelante.
El problema de animales que deambulan libremente en la calle sin ningún control, se viene presentando desde hace mucho tiempo y hasta el momento las autoridades no han hecho nada por buscar una solución, según denuncian pobladores.
Además de provocar accidentes e invadir propiedad privada, los equinos abandonados por sus dueños, terminan muriendo solos en la calle, ya sea por alguna enfermedad o golpe. Muchas veces la población ha pedido ayuda para tratar a los animales antes de morir.
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Regulación según la ley
La Ley General de Tránsito de nuestro país, en el capítulo IV de las Infracciones de Tránsito, establece en su artículo 29 que: "en los casos de semovientes que se desplacen sin arrieros en la vía pública, la Policía Nacional les aplicará a sus propietarios una multa a favor de la Alcaldía Municipal, de quinientos córdobas netos; en caso de reincidencia, la multa será de un mil córdobas netos, la que deberá ser pagada en un término de treinta días".
"Si volviese a producirse la infracción, el Jefe de la Delegación de la Policía Nacional, a solicitud del Alcalde Municipal, podrá decomisar los semovientes y ponerlos a disposición de la Alcaldía respectiva, para que ésta lo asigne al Hospital de la localidad o de cualquier otro centro asistencial o de beneficencia pública. De esto se notificará al propietario", continúa.
"Se exceptúa esta disposición, cuando se compruebe que no ha sido por negligencia, descuido o irresponsabilidad del propietario. A los dueños de semovientes que circulen en la vía pública y que provoquen accidentes de tránsito, se les responsabiliza por los daños materiales y humanos causados a terceros", señala.
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