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Ni cómplice ni encubridora, la ley protege a Mamá del Popo

La fiscal especialista en género, Maricela Pichardo, explicó que ella no puede ser acusada como encubridora porque está eximida por el artículo 470 del Código Penal.


Colaborador Yessenia Centeno
10-Junio-2016
Estelí-Nicaragua

Ante el testimonio rendido por doña Leonor Valenzuela en la que admitió conocer el crimen cometido presuntamente por su hijo Rodolfo García Valenzuela, la fiscal especialista en género, Maricela Pichardo, explicó que ella no puede ser acusada como encubridora porque está eximida por el artículo 470 del Código Penal.

 
Este articulo según la fiscal auxiliar ordena que los cónyuges, o parientes como los padres no enfrenten cargos si tratan de ocultar algún delito cometido por sus parejas o hijos como es el caso del popo. 

Por su parte el abogado defensor Harold Ramírez, sostuvo que doña Leonor Valenzuela progenitora de su defendido ha dicho que no quiere dar más entrevistas, y afirmó que lo que está escrito en la acusación fue dicho por doña Leonor cuando ella estaba detenida por agentes policiales.
 
El litigante dejo entrever que la admisión de hechos por parte de su defendido es una posibilidad que no puede descartar.
 
Familiares de Xiomara han denunciado e insistido públicamente que Rodolfo García con la mano herida no pudo haber hecho la fosa sólo y llevar el cuerpo de la muchacha hasta el sumidero, no obstante durante la audiencia Inicial el papá de la víctima Rito Cruz pidió la pena máxima para el presunto asesino de su hija.
 
Para Rito Cruz, ni trescientos mil ni un millón de córdobas pagarían la pérdida de su hija Xiomara del Carmen Cruz Torres.
 

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