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Los abogados que no estén certificados no podrán hacer contratos

Todo abogado que haga escrituras de compra y venta de bienes inmuebles o de constitución de una sociedad u organización, deberá estar certificado por la Corte Suprema de Justicia.


Periodista Roberto Mora Cárcamo
08-Enero-2020
Estelí-Nicaragua
Una nueva normativa tienen los abogados aprobada en la Ley No. 1000, que según el Estado busca prevenir el lavado de dinero, financiamiento al terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.

Según esta ley y la circular número 451 que emitió la Corte Suprema de Justicia (CSJ), todos los abogados que trabajen en la constitución de sociedades o hagan escrituras de bienes inmuebles están obligados a estar certificados por la Corte y deben informar sobre sus actividades en caso de que haya anomalías.

El jurista Noel Blandón, de Estelí, informó que a partir de la aprobación de la Ley 1000 y la publicación de la circular, habrá dos tipos de abogados, entre ellos los que no podrán hacer cinco tipos de actividades, porque no serán válidas ante la Corte Suprema de Justicia.
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"Por ejemplo, deben estar certificados los abogados que realicen escrituras por compra y venta de bienes inmuebles; los que realicen escrituras de sociedades, de organizaciones, de fundaciones, asociaciones o de cualquier estructura jurídica, aquellos que otorguen o realicen venta de entidades económicas", explicó Blandón.

"Va a afectar en algunas actividades porque habrá dos tipos de notarios, esos notarios que no estén registrados no pueden otorgar ese tipo de contrato y si a caso alguien despistado o de mala fe emite ese contrato, hay un impedimento que lo señala la misma circular de la Corte", agregó el abogado.

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