Pese a que en Estelí existen dos ordenanzas municipales dirigidas a normar el manejo de la basura por parte de la población, es común ver a personas tirando basuras en las calles, basureros clandestinos y cauces.
En una encuesta realizada por Noticias ABC, fue posible comprobar que hay pobladores estelianos que desconocen dichas ordenanzas de la alcaldía, y por ende las multas que se les pueden aplicar por no hacer buen uso de los desechos.
Las personas que accedieron a brindar su opinión, indicaron que hace falta buenos hábitos de higiene en la población, y que se requieren más campañas ambientales para concientizar e informar a la ciudadanía sobre el impacto negativo que tienen sus malas acciones.
Las ordenanzas municipales 002 y 001, del año 2012 y 2016, respectivamente, contienen una serie de descripciones, normas, infracciones y sanciones, que regulan el manejo adecuado de los desechos sólidos no peligrosos, y la higiene, del municipio de Estelí, también la limpieza de los predios o terrenos baldíos para evitar epidemias e incendios.
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La ordenanza 002 indica que es competencia del Gobierno Municipal desarrollar, conservar y controlar el uso racional del medio ambiente y los recursos naturales. Que es necesario un cambio de actitud en la población para brindar un adecuado tratamiento a los residuos y desechos sólidos, y así mantener un municipio limpio y personas saludables.
A las personas naturales o jurídicas que incumplan con las obligaciones y prohibiciones que establece esta ordenanza, se le pueden aplicar multas de entre 200 y mil córdobas, por faltas como botar desechos sólidos en áreas no autorizadas, tirar cadáveres de animales y cualquier otro contaminante en vías públicas o predios baldíos y privados, botar basura en áreas de recreación, no portar recipientes para basura en el transporte colectivo y selectivo, entre otros.
En tanto, la ordenanza 001 establece que en caso de verificarse falta de limpieza o mantenimiento de predios baldíos, los propietarios serán notificados a que procedan a limpiar en un plazo de 15 días, y en caso de que el dueño desacate lo hará la alcaldía a costa del propietario, quedando obligados a pagar todos los gastos más una multa del 50 por ciento del costo de la realización de la obra.